OBLIGACIONES QUE SE DEBEN DE PRESENTAR EN FEBRERO DE 2011
Durante febrero se deben cumplir, en los plazos señalados, las siguientes obligaciones:
Enterar el impuesto a los depósitos en efectivo
(sólo para las instituciones del sistema financiero)
A más tardar el día 5:
A más tardar el 10:
A más tardar el 15:
Presentar declaraciones informativas.
A más tardar el 17:
Presentar los siguientes pagos o declaraciones:
A más tardar el 28:
30 de enero de 2011

Calendario Fiscal Febrero 2011
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