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El Boletín del mes de agosto del Colegio  de  Contadores  Públicos Boletín Universidad  De  Guadalajara  A.C. nos habla sobre éste interesante tema y lo ponemos a su disposición a continuación:

 

ANTECEDENTES: 

 

El 17 de octubre de 2003 fue publicado en el Diario Oficial de la Federación, el actual Reglamento de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (RLISR) (reformado el 4 de diciembre de 2006), abrogando mediante el artículo segundo transitorio el RLISR del 29 de febrero de 1984, toda vez que con la promulgación de la nueva  Ley  del  Impuesto  Sobre  la  Renta  (LISR)  publicada  en  el  Diario  Oficial  de  la  Federación  del  1  de enero de  2002 las referencias que hacía el entonces RLISR respecto a la LISR  no correspondían en su articulado, por lo que para el tema que hoy nos ocupa respecto a deducción de erogaciones hechas por un tercero  cabe señal que dicho precepto pasó del artículo 15 del anterior RLISR al artículo 35 del actual, con algunos cambios entre los cuales destacan la exceptuación de los gastos de viaje a la obligación de expedir cheques nominativos a favor  de éste,  incorporando  además como medio de  pago los traspasos de cuentas en instituciones de crédito o casas de bolsa. 

 

Para continuar leyendo puedes descargar el boletin desde la página del colegio http://www.ccpudg.com.mx/ o descargarlo aquí

 

 

Boletin Agosto CCPUDG