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Imagen: elorbe.comCuando un cliente de una institución bancaria deja abandonada una cuenta de ahorro durante seis años ya no podrá recuperar su dinero, advirtió la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef).

A través de su programa Educación Financiera, refiere que en la Ley de Instituciones de Crédito, Artículo 61, se considera que una cuenta ha sido abandonada cuando no se registra en ella ningún movimiento, como depósitos o retiros.

“Para la mayoría de nosotros suena extraño esto de dejar dinero abandonado en el banco durante años, pero la situación podría ser más frecuente de lo que te imaginas”, expone el organismo en su publicación “Consejos para tu bolsillo”.

Según el Banco de México, de 85.6 millones de tarjetas de débito que existen en el país, aproximadamente la mitad no registró actividad durante el último trimestre del año pasado.

Aunque es distinto no hacer movimientos bancarios en tres meses que no hacerlos en tres o seis años, menciona la Condusef, existen situaciones que propician que una cuenta quede abandonada.

Cuando las personas fallecen súbitamente y jamás revelaron a sus familiares la existencia de una cuenta bancaria; personas que se cambian de domicilio y olvidan notificar al banco y, por lo tanto, no reciben sus estados de cuenta; y connacionales que se han ido a trabajar al extranjero.

La Condusef precisa que la regla aplica para aquellos instrumentos de captación (es decir aquellos en que depositas tu dinero, como las cuentas de ahorro) que no tengan fecha de vencimiento, o bien, que teniéndola se renueven en forma automática.

Si pasa un periodo de tres años sin que se haga un depósito o un retiro de dinero, el banco enviará los recursos a una cuenta concentradora.

“Toma en cuenta que 90 días antes de enviar tu dinero a la cuenta concentradora, el banco deberá avisarte por escrito en tu domicilio, de allí la importancia de notificar al banco cada vez que te mudas de casa”, subraya.

Una vez que lo haya sumado el dinero a la cuenta concentradora, el banco no podrá cobrarle al cuentahabiente más comisiones y su dinero sólo generará un interés mensual equivalente al aumento en el Índice Nacional de Precios al Consumidor (inflación) en el periodo respectivo.

“Si en ese lapso te presentas en el banco, la institución deberá retirar el dinero de la cuenta concentradora y regresártelo, ya sea restituyendo la cuenta original o entregándote la suma en efectivo”, aclara el organismo.

Puntualiza que el dinero no puede mantenerse para siempre en la cuenta concentradora, por lo que si el cuentahabiente no lo reclama, éste se quedará ahí otros tres años y después será enviado a la “beneficencia pública”, junto con los intereses generados.

La beneficencia pública es un órgano desconcentrado de la Secretaría de Salud cuya misión es generar y canalizar recursos a remediar carencias de salud o situaciones de pobreza en personas que no tienen seguridad social.

Imagen tomada de elorbe.com

Con información de http://eleconomista.com.mx