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Entre los beneficios resaltan dar mayor transparencia y la eliminación de la discrecionalidad de los servidores públicos


México (Notimex).- El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) reducirá los trámites administrativos en materia de incorporación y recaudación en 133 subdelegaciones y 1,200 unidades médicas en todo el país.
Parte de los procesos que beneficiarán a los derechohabientes será facilitar a los particulares la realización de trámites, se dará mayor transparencia, se reducirán los costos, se complementará el marco normativo y se brindará un mejor servicio.
Además se disminuirán los tiempos de espera y se elimina la discrecionalidad de los servidores públicos al resolver trámites.
De igual forma se simplifica el sistema de pago referenciado que permite a los patrones pagar sus obligaciones en materia de seguridad social a través de Internet.
A continuación el texto integro: (para descargar los formatos puedes dar clic aquí)
INSTITUTO
MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL
ACUERDO
ACDO.SA1.HCT.230713/202.P.DIR y sus anexos, dictado por el H. Consejo Técnico
en la sesión ordinaria celebrada el 23 de julio de 2013, por el que se autoriza
la simplificación y desregulación de trámites que la Dirección de Incorporación
y Recaudación tiene registrados ante la Comisión Federal de Mejora Regulatoria.
Al margen un
sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- México.- Gobierno
de la República.- Instituto Mexicano del Seguro Social.- Secretaría General.
El H. Consejo Técnico, en la sesión ordinaria celebrada el día 23 de
julio del presente año, dictó el Acuerdo ACDO.SA1.HCT.230713/202.P.DIR, en los
siguientes términos:
“Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos
15, 15-A, 73, 75, 251, fracciones IV, VIII, X, XIII y XXXVII, 263 y 264,
fracciones III, XIV y XVII, de la Ley del Seguro Social; 69-C, 69-M y 69-O, de
la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 57, de la Ley Federal de las
Entidades Paraestatales; 31, fracciones II, XI y XX, del Reglamento Interior
del Instituto Mexicano del Seguro Social; de conformidad con el planteamiento
presentado por la Dirección General, por conducto de la Dirección de
Incorporación y Recaudación, mediante oficios 306 y 309, de fechas 12 y 19 de
julio de 2013, respectivamente; y con base en la resolución del Comité del
mismo nombre del propio Órgano de Gobierno, en reunión del día 10 del mes y año
citados,
Acuerda:
Primero.- Aprobar los plazos máximos de resolución y vigencia, así como los
formatos, datos de información y documentos específicos que se deben
proporcionar o adjuntar a los trámites que aplica el Instituto Mexicano del
Seguro Social, a través de la Dirección de Incorporación y Recaudación, los
cuales se describen en el Anexo Único del presente Acuerdo.
Segundo.- Aprobar los formatos “Aviso de Registro Patronal Personas Morales en
el Régimen Obligatorio”; “Aviso de Registro Patronal Personas Físicas en el
Régimen Obligatorio”; “Aviso de modificación de las empresas para el Seguro de
Riesgos de Trabajo”; y “Solicitud de regularización y/o corrección de datos
personales del asegurado”, los cuales se acompañan al presente Acuerdo.
Tercero.- Aprobar que los trámites referidos puedan presentarse de manera electrónica,
siempre que el Instituto ponga a disposición de los interesados las
herramientas tecnológicas necesarias para realizarlos electrónicamente y éstos
cumplan con los medios de identificación y autenticación que señale el
Instituto, lo que se dará a conocer mediante reglas de carácter general de
conformidad con lo establecido en términos del artículo 69-C, segundo párrafo,
de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.
Cuarto.- Dejar sin efecto:
(i)            
el “Acuerdo por el que se dan a
conocer los trámites inscritos en el Registro Federal de Trámites y Servicios
que aplica el Instituto Mexicano del Seguro Social, conforme a lo previsto en
los artículos 1 y 69-M de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo”,
emitido por el Director General del Instituto, publicado en el Diario Oficial
de la Federación el 19 de mayo de 2003, exclusivamente en lo que corresponde a
la Dirección de Incorporación y Recaudación;
(ii)           
(ii) el Acuerdo número 290/2005
emitido por este Consejo Técnico, y su Nota Aclaratoria, publicados en el
Diario Oficial de la Federación el 10 y 24 de febrero de 2006, respectivamente;
(iii)          
(iii) el Acuerdo 489/2005 emitido
por este Consejo Técnico, con fecha 26 de octubre de 2005;
(iv)          
(iv) los puntos Primero y Segundo del
Acuerdo del Consejo Técnico ACDO.SA1.HCT.240210/42.P.DIR y sus Anexos,
publicados en el Diario Oficial de la Federación el 17 de marzo de 2010,
referentes todos, a los trámites que aplica el Instituto Mexicano del Seguro
Social, a través de la Dirección de Incorporación y Recaudación, y en los
cuales se especifican los plazos máximos de resolución y vigencia de ésta, así
como los formatos, datos y documentos específicos que se deben proporcionar o
adjuntar al presentar dichos trámites.
Quinto.- Autorizar a la Dirección General, a través de la Dirección de
Incorporación y Recaudación, para que en caso de considerarlo conveniente en el
futuro y con fundamento en el artículo 69-C, de la Ley Federal de Procedimiento
Administrativo, modifique los términos señalados para la presentación y resolución
de los trámites que señala el Anexo Único de este Acuerdo; es decir, mediante
acuerdos generales publicados en el Diario Oficial de la Federación, siempre
que dichas modificaciones versen sobre la simplificación o fusión de los
formatos correspondientes; el establecimiento de plazos de respuesta menores;
exenciones a presentar los datos de información y documentos especificados,
cuando el Instituto pueda obtenerlos por otra vía, o cualquier otra
modificación que implique una carga administrativa menor para los particulares.
Sexto.- Instruir a la Dirección de Incorporación y Recaudación para que, por
conducto de la Unidad de Incorporación al Seguro Social, resuelva las dudas o
aclaraciones que con motivo de la aplicación del presente Acuerdo, presenten
las unidades administrativas del Instituto.
Séptimo.- Instruir a la Dirección Jurídica para que, previa resolución de la
Comisión Federal de Mejora Regulatoria, realice los trámites necesarios para la
publicación del presente Acuerdo y su respectivo Anexo en el Diario Oficial de
la Federación.
Octavo.- El presente Acuerdo entrará en vigor a partir del día siguiente de su
publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Noveno.- Instruir a la Dirección de Administración y Evaluación de Delegaciones
para que en términos del artículo 69-N, segundo párrafo, de la Ley Federal de
Procedimiento Administrativo, realice las acciones necesarias ante la Comisión
Federal de Mejora Regulatoria para la actualización de la información inscrita
en el Registro Federal de Trámites y Servicios respecto de los trámites que se
señalan en el Anexo Único de este Acuerdo”.
Atentamente

México, D.F., a 30 de julio de 2013.- El Secretario General, Juan Moisés Calleja García.- Rúbrica.


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Fuente: http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5311351&fecha=22/08/2013  – idc.com.mx